Contabilidad

Boletas de Honorarios y de Servicios: Similitudes y Diferencias

Escrito por Equipo Easytax

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Generalmente, las Boletas son el comprobante más común al realizar el pago a una persona natural por un servicio realizado. Además, con ellas es posible efectuar una retención de impuestos al pago de estos contribuyentes.

En estos casos, podemos destacar dos tipos de Boletas, cada una con distintos requisitos y destinatarios. Por un lado, están las Boletas de Honorarios y, por otro, las Boletas de Prestación de Servicios a Terceros. En primer lugar, pasemos a ver en qué cosiste cada una de ellas.

Boletas de Honorarios Electrónicas (BHE): Son emitidas al existir ingresos de prestaciones de actividades clasificadas en la segunda categoría de la Ley de la Renta. Este trámite debe realizarse cuando el honorario del contribuyente en cuestión ingrese, materialmente, a su patrimonio. Esto significa que, si existió un pago adelantado, de todas maneras, debe emitirse en la fecha en que se recibió.

Entre los contribuyentes que, por impartir libremente su profesión, especialidad técnica u oficio, pueden emitir estas boletas podemos encontrar:

Profesionales Universitarios. Técnicos Profesionales no Universitarios. Sociedades de Profesionales. Auxiliares de la Administración de Justicia. Los Mandatarios Judiciales. Los Directores o Consejeros de Sociedades Anónimas. Trabajadores que desarrollen ocupaciones lucrativas. Boleta de Prestación de Servicios a Terceros (BTE): Emitidas por contribuyentes que han contratado servicios de personas que no han iniciado actividades ante el SII. También, este trámite deberá realizarse si, por otro motivo, como impedimentos tecnológicos, los trabajadores no puedan emitir Boletas de Honorarios.

Además, los emisores de BTE deben obtener rentas de primera categoría. A su vez, deben pagar rentas del Nº 2 del artículo 42 de la Ley de renta.

Algunos ejemplos de contribuyentes que, por los casos mencionados, podrán emitir estas boletas son:

Contribuyentes con Giro de Comerciantes Industriales Cooperativas Instituciones Fiscales Instituciones Semifiscales de Administración autónoma Municipalidades Personas Jurídicas en General Monto Retenido por BHE y BTE Desde 2020, la tasa de retención de las Boleta de Honorarios Electrónica y Boleta de prestación de servicios a terceros aumenta anualmente un 0,75%. De este modo, en 2022 la tasa de retención para BHE y BTE es de un 12,25%.

Esta alza se mantendrá de forma constante hasta 2028, cuando se llegue a una retención del 17% del valor a retener en estas boletas.

Este cálculo se realizará de forma automática cada vez que emitas estos documentos de forma electrónica.

Por ejemplo, si durante 2022 emites una BHE cobrando 100.000 pesos, la retención del 12,25% llegara a 12.250 pesos. Así, la suma que recibirás será de 87.250 pesos.

En la siguiente Tabla puedes ver el aumento gradual anual hasta 2028.

Año % de Alza Anual % de retención 2020 0,75% 10,75% 2021 0,75% 11,50% 2022 0,75% 12.25% 2023 0,75% 13% 2024 0,75% 13.75% 2025 0,75% 14.5% 2026 0,75% 15.25% 2027 0,75% 16% 2028 1% 17%

Requisitos para emitir Boletas de Honorarios y Boletas de Prestación de Servicios a Terceros Existen algunos requisitos copulativos que deben cumplir los contribuyentes que quieran emitir estos documentos.

Requerimientos para emitir una BHE Para emitir Boletas de Honorarios Electrónicas es necesario que los contribuyentes cumplan ciertas normas:

Tener una Clave Única que brinda acceso a las aplicaciones dispuestas a los contribuyentes en las oficinas virtuales del SII. Deben haber iniciado actividades de Segunda Categoría ante el SII. Tienen que realizar actividades gravadas de acuerdo con el artículo 42, N°2, de la ley sobre impuesto a la Renta. No debe tener registros negativos en el sistema del SII que restrinjan el timbrare de Boletas de Honorarios Requerimientos para emitir una BTE En los casos en los que se deban emitir Boletas de prestación de servicios a terceros, sus emisores deben cumplir los siguientes requisitos:

Haber registrado un Inicio de Actividades de Primera Categoría en el SII. Estas pueden ser con giro relacionado al comercio, industria, cooperativas o empresas de estados. Pueden ser personas naturales o jurídicas obligadas a llevar contabilidad. No deben contar con anotaciones negativas en la base de datos del SII. Deben estar emitiendo Boletas a personas que brindaron servicios catalogados como activades lucrativas, según lo estipulado en el Articulo 42, N°2, de la Ley sobre impuestos a la Renta. Las personas a las que se le emiten este tipo de documento deben estar impedidas de emitir sus propias Boletas de Honorarios.

¿Cómo Emitir una Boletas de Honorarios y Boletas de Prestación de Servicios a Terceros? Para emitir ambos documentos, los pasos iniciales son los mismo:

En primer lugar, ingresar a sii.cl En las opciones superiores, en “Servicios Online”, seleccionar “Boletas de Honorarios Electrónicas”. Sin embargo, los pasos posteriores son diferentes según cada Boleta a emitir.

Emitir una BHE Para llevar a cabo una emisión de Boleta de Honorarios Electrónica se deben realizar los siguientes pasos:

Luego de los pasos anteriores, aparecerá un listado de opciones al centro de la página. Apretar la pestaña “Emitir Boleta de Honorarios Electrónica”. Se desplegarán diferentes alternativas de tipos emisores de BHT: Contribuyente Contribuyente con datos usados anteriormente Usuario autorizado Usuario autorizado con datos usados anteriormente Emisión para Directores S.A. Hay que marcar la opción según el contribuyente a emitir la Boleta de Honorarios en cuestión.

Al haber seleccionado una opción, el emisor del documento debe ingresar con su Rut y Clave Secreta. En este punto, hay que señalar quien registrara la retención al BHT a emitir. Existen dos opciones: El receptor de la boleta actuará reteniendo el impuesto del total de los honorarios. El propio contribuyente emisor será quien se encargue del pago provisional mensual correspondiente. Ahora es el momento de ingresar los datos solicitados para emitir estos documentos, tales como: Identificación del cliente Descripción del servicio Monto del Honorario Al completar los datos es posible confirmar la emisión. Es importante verificar el borrador Al finalizar, en pantalla aparecerá la boleta emitida. Existirá la opción de imprimir el documento. Además, posteriormente de imprimir, la misma plataforma ofrecerá Enviar la Boleta por e-mail. Emitir una BTE Luego de los pasos anteriores, en el submenú de la izquierda, hacer click en “Boleta de prestación de servicios de terceros electrónica”. En las opciones que aparecerán al centro de la pantalla, entrar en “Emitir BTE por contribuyente” En este paso se debe ingresar la información requerida para emitir un BTE, tales como: Datos del receptor de la Boleta Descripción del servicio Monto del Honorario Cuando se hayan completado los datos, elegir opción “Continuar” y luego “Emitir Boleta” Después de la emisión de la Boleta, se mostrará un Documento PDF en donde se apreciarán toda la información entregada. Este documento podrá ser imprimido o enviado por correo electrónico.

Equipo Easytax

Categorías: Contabilidad

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