Impuestos

Depreciación instantánea Pymes: SII confirma que aplica a activos nuevos y usado

Escrito por Equipo Easytax

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El Servicio de Impuestos Internos (SII) ratificó que la depreciación instantánea para Pymes aplica tanto a activos nuevos como usados. Esta aclaración —formalizada en el Oficio N° 715 del 10 de abril de 2025— representa un alivio tributario clave para empresas acogidas al régimen Pro Pyme, al permitirles deducir completamente el valor del activo fijo en un solo ejercicio, incluso si ha sido previamente depreciado por otro contribuyente


¿Qué establece el Oficio N°715 del SII?

El Servicio de Impuestos Internos (SII) confirmó un importante criterio para las pequeñas y medianas empresas (Pymes) acogidas al régimen Pro Pyme: la depreciación instantánea del activo fijo no distingue si los bienes son nuevos o usados. Así lo estableció el Oficio N° 715 del 10 de abril de 2025, que responde a una consulta formal sobre la aplicación de este beneficio tributario. Esta interpretación abre la puerta a un mayor uso del beneficio y evita restricciones que podrían haber limitado la planificación financiera de las Pymes.

¿Qué significa esto para las Pymes?

La depreciación instantánea es un incentivo clave del régimen Pro Pyme: permite deducir como gasto, en un solo ejercicio comercial, el valor total de los activos físicos del inmovilizado adquiridos o fabricados. Esta deducción se traduce en una menor carga tributaria inmediata y en mayor liquidez para la empresa. La novedad está en que el SII aclara que este beneficio también aplica a bienes usados, y que no importa si el anterior propietario ya los había depreciado. Lo único relevante es que el bien pase a formar parte del activo inmovilizado de la Pyme y que se haya pagado efectivamente su adquisición.

¿Qué debe tener en cuenta el contribuyente?

  • La depreciación se calcula sobre el valor efectivamente pagado por la Pyme.
  • No es necesario que el bien sea nuevo, a diferencia de otras reglas que solo permiten beneficios especiales para bienes nuevos (como la depreciación acelerada del régimen general).
  • El SII puede revisar el valor declarado del bien si este difiere notoriamente del valor de mercado, aplicando el artículo 64 del Código Tributario. Esto, en el caso que se quiera hacer un uso abusivo del beneficio.
  • Además, el gasto debe cumplir con los requisitos generales del artículo 31 de la Ley sobre el Impuesto a la Renta.

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Conclusión

El Oficio N° 715 del SII entrega una señal clara a las Pymes: la depreciación instantánea no exige que el activo fijo sea nuevo. Esto permite a las empresas optimizar su carga tributaria al incorporar bienes usados, siempre que se respeten los valores de mercado y las normas del artículo 31. Para muchas Pymes, representa una oportunidad concreta de alivio tributario y mejora de flujo de caja. Si quieres implementar este beneficio con respaldo técnico y seguridad tributaria, habla con Easy Tax. Nuestro equipo puede ayudarte a aplicar correctamente la depreciación instantánea en activos nuevos y usados según la normativa vigente.



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Categorías: Impuestos

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