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Guías de despacho: criterios actualizados para el traslado de mercaderías según el Oficio SII N° 0769.

Escrito por Equipo Easytax

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La correcta emisión de guías de despacho es una obligación tributaria clave para quienes trasladan bienes dentro del país. A raíz de frecuentes fiscalizaciones en ruta, el Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió el Oficio N° 0769 del 17 de abril de 2025, donde actualiza criterios relevantes para transportistas y empresas que deben cumplir con esta normativa. Este artículo explica qué dice el dictamen y cómo aplicarlo, especialmente en casos como cambios de camión o conductor durante el trayecto.


Oficio SII N° 0769 del 17 de abril de 2025: criterios clave para el uso de guías de despacho

El documento responde a consultas recibidas por parte de empresas de transporte sobre eventuales infracciones detectadas en controles carreteros. A continuación, detallamos los criterios interpretativos más importantes que entrega el SII.

¿Cuándo corresponde emitir una guía de despacho?


El Oficio 0769 distingue entre distintas situaciones tributarias:

Traslados por ventas gravadas con IVA

  • Si la factura no se emite en el momento de la entrega de los bienes, debe generarse una guía de despacho electrónica.
  • Esta guía debe cumplir con todos los requisitos formales, incluyendo la fecha de inicio del traslado.

Traslados que no constituyen venta
  • También se exige guía de despacho cuando se trasladan bienes sin que haya venta, como en envíos entre bodegas.

Traslados por no contribuyentes de IVA
  • Si una persona natural que no es contribuyente de IVA traslada bienes, no se requiere guía de despacho.
  • Basta con que el transportista porte documentación interna, como una orden de transporte.

¿Qué ocurre si cambia el camión o conductor durante el trayecto?

Una de las dudas más frecuentes en la operación logística es qué hacer cuando se sustituye el vehículo o el conductor en pleno recorrido.

  • El SII aclara que no es necesario emitir una nueva guía de despacho ni actualizar la existente.
  • La guía original sigue siendo válida durante todo el traslado, aun cuando haya un cambio de camión o conductor.

¿Quién es responsable por emitir la guía de despacho?

El Oficio también refuerza la responsabilidad tributaria:

  • La emisión de la guía corresponde exclusivamente al vendedor o prestador del servicio, quien es el propietario de los bienes.
  • Las empresas de transporte no deben emitir guías propias por mercaderías ajenas, ya que esto podría inducir a errores fiscales o sanciones.

¿Se puede mostrar la guía de despacho en formato electrónico?

Sí, el documento puede ser portado de forma digital durante el traslado.

  • Se acepta la exhibición mediante un dispositivo electrónico que muestre la representación gráfica oficial autorizada por el SII.
  • En caso de problemas técnicos o falta de conectividad, se permite presentar la guía en papel, siempre que ya haya sido enviada al SII cuando se recupere la conexión.

Conclusión


El Oficio N° 0769 del SII entrega certezas fundamentales para quienes están involucrados en el traslado de mercaderías en Chile. Define con claridad cuándo corresponde emitir guía, cómo actuar frente a cambios en la ruta, y qué medios son válidos para su presentación ante fiscalizaciones. Para las empresas de transporte y proveedores logísticos, aplicar estos criterios es esencial para evitar sanciones y asegurar una operación conforme a la normativa tributaria vigente.



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