La correcta emisión de guías de despacho es una obligación tributaria clave para quienes trasladan bienes dentro del país. A raíz de frecuentes fiscalizaciones en ruta, el Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió el Oficio N° 0769 del 17 de abril de 2025, donde actualiza criterios relevantes para transportistas y empresas que deben cumplir con esta normativa. Este artículo explica qué dice el dictamen y cómo aplicarlo, especialmente en casos como cambios de camión o conductor durante el trayecto.
Oficio SII N° 0769 del 17 de abril de 2025: criterios clave para el uso de guías de despacho
El documento responde a consultas recibidas por parte de empresas de transporte sobre eventuales infracciones detectadas en controles carreteros. A continuación, detallamos los criterios interpretativos más importantes que entrega el SII.
¿Cuándo corresponde emitir una guía de despacho?
El Oficio 0769 distingue entre distintas situaciones tributarias:
Traslados por ventas gravadas con IVA
- Si la factura no se emite en el momento de la entrega de los bienes, debe generarse una guía de despacho electrónica.
- Esta guía debe cumplir con todos los requisitos formales, incluyendo la fecha de inicio del traslado.
- También se exige guía de despacho cuando se trasladan bienes sin que haya venta, como en envíos entre bodegas.
- Si una persona natural que no es contribuyente de IVA traslada bienes, no se requiere guía de despacho.
- Basta con que el transportista porte documentación interna, como una orden de transporte.
¿Qué ocurre si cambia el camión o conductor durante el trayecto?
Una de las dudas más frecuentes en la operación logística es qué hacer cuando se sustituye el vehículo o el conductor en pleno recorrido.
- El SII aclara que no es necesario emitir una nueva guía de despacho ni actualizar la existente.
- La guía original sigue siendo válida durante todo el traslado, aun cuando haya un cambio de camión o conductor.
¿Quién es responsable por emitir la guía de despacho?
El Oficio también refuerza la responsabilidad tributaria:
- La emisión de la guía corresponde exclusivamente al vendedor o prestador del servicio, quien es el propietario de los bienes.
- Las empresas de transporte no deben emitir guías propias por mercaderías ajenas, ya que esto podría inducir a errores fiscales o sanciones.
¿Se puede mostrar la guía de despacho en formato electrónico?
Sí, el documento puede ser portado de forma digital durante el traslado.
- Se acepta la exhibición mediante un dispositivo electrónico que muestre la representación gráfica oficial autorizada por el SII.
- En caso de problemas técnicos o falta de conectividad, se permite presentar la guía en papel, siempre que ya haya sido enviada al SII cuando se recupere la conexión.
Conclusión
El Oficio N° 0769 del SII entrega certezas fundamentales para quienes están involucrados en el traslado de mercaderías en Chile. Define con claridad cuándo corresponde emitir guía, cómo actuar frente a cambios en la ruta, y qué medios son válidos para su presentación ante fiscalizaciones. Para las empresas de transporte y proveedores logísticos, aplicar estos criterios es esencial para evitar sanciones y asegurar una operación conforme a la normativa tributaria vigente.
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