Indemnizaciones por años de servicio a socios o accionistas: criterio del SII
El Servicio de Impuestos Internos (SII), a través del Oficio N° 1447 del 30.07.2025, entregó criterios sobre el tratamiento tributario de las indemnizaciones pagadas a socios o accionistas.
Este tema genera dudas frecuentes en empresas que enfrentan la salida de un socio o accionista, especialmente sobre si dichas indemnizaciones constituyen renta, si son gasto aceptado o si corresponden a beneficios tributarios según la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
Puntos clave
1. ¿Socio trabajador o no?
- Si el socio/accionista es trabajador dependiente (existe subordinación y dependencia laboral), puede acceder a los beneficios tributarios de ingreso no renta, conforme al artículo 17 N° 13 de la LIR.
- Si no califica como trabajador, no aplica el beneficio y la empresa tampoco puede deducir el gasto.
2. Tratamiento general de las indemnizaciones legales y colectivas
- No constituyen renta (art. 178 del Código del Trabajo y art. 17 N° 13 de la LIR).
- Incluye: indemnizaciones legales, pactadas en convenios colectivos o acuerdos de grupo negociador.
3. Tratamiento general de las indemnizaciones voluntarias o individuales
- Se consideran no renta hasta el tope del artículo 17 N° 13 LIR.
- El exceso se grava con impuesto único de segunda categoría, tal como establece la normativa vigente.
4. Gasto deducible para la empresa
- Procede si la indemnización surge de ley o contrato colectivo, o se paga voluntariamente con retención de impuestos.
- No es deducible si el beneficiario es socio o accionista que no califica como trabajador dependiente.
Conclusión
El SII, mediante el Oficio N° 1447 de 2025, refuerza la importancia de definir claramente la calidad de trabajador de socios y accionistas:
- Si son trabajadores efectivos → la indemnización puede considerarse no renta y gasto deducible.
- Si no lo son → constituye renta gravada y no es gasto aceptado para la empresa.
Este criterio es clave para la correcta aplicación de la normativa tributaria y para evitar observaciones en procesos de fiscalización.
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