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Nuevo régimen de IVA para compras en el extranjero: lo que debes saber según la Circular N°39 del SII

Escrito por Equipo Easytax

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El Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó recientemente la Circular N°39 del 30 de abril de 2025, la cual regula el nuevo régimen de IVA para la compra e importación de bienes de bajo valor. Esta medida responde a los cambios introducidos por la Ley N° 21.713, y afecta directamente a consumidores finales, operadores digitales y vendedores extranjeros. ¿Qué cambia concretamente y cómo afecta a tu operación comercial o logística? Te lo explicamos aquí.


Bienes situados en el extranjero: nueva territorialidad del IVA


Uno de los aspectos centrales de la Circular N°39 es que redefine la noción de "territorio nacional" a efectos del IVA, estableciendo que se considerarán ubicados en Chile los bienes que:

  • Se adquieran remotamente desde Chile por consumidores finales (es decir, personas naturales que no son contribuyentes del IVA).
  • No superen los USD 500, considerando cargos accesorios como transporte o seguros.
  • Tengan como destino final el territorio nacional.

Esta nueva regla de territorialidad busca evitar la doble tributación, permitiendo aplicar IVA directamente en origen y estableciendo una exención del impuesto al momento de la importación, siempre que se haya acreditado su pago en la venta remota.

Plataformas digitales: nuevos actores obligados al pago de IVA


Una innovación importante que introduce la Ley N° 21.713 —reforzada en la Circular N°39— es el artículo 3° bis de la LIVS, que establece como contribuyentes de IVA a los operadores de plataformas digitales de intermediación.

Estos operadores deberán recaudar, declarar y pagar el IVA de las operaciones que intermedien, bajo estas condiciones:

  • Tanto el vendedor como el comprador no deben ser contribuyentes de IVA.
  • La operación debe estar gravada con IVA conforme a la ley.
  • La actividad intermediada no debe consistir únicamente en publicidad o procesamiento de pagos.

Esto implica que marketplaces internacionales sin presencia física en Chile, como plataformas de ecommerce, asumen un rol fiscal activo en la tributación chilena si participan en este tipo de ventas.

Régimen simplificado y reglas operativas


Otra novedad es la incorporación de reglas diferenciadas para los operadores que no tengan domicilio ni residencia en Chile. Estos deberán utilizar el régimen simplificado, regulado en el Párrafo 7° bis de la LIVS, y declarar el IVA mediante el Formulario 129. En cambio, aquellos con residencia en el país deberán seguir el régimen general utilizando el Formulario 29.

Principales implicancias:


Aspecto Detalle
Ventas remotas de bienes < USD 500 Gravadas con IVA si el destino es Chile y comprador es no contribuyente
Responsabilidad del IVA Recae en el vendedor remoto o la plataforma digital
Exención en importación Aplica si se acreditó el cobro del IVA en la venta remota
Comprador contribuyente de IVA Debe informar su calidad para no generar doble imposición
Inicio de vigencia Desde el 25 de octubre de 2025

¿Qué empresas deben poner atención a esta normativa?

Esta modificación afecta principalmente a:

  • Empresas que compran productos directamente a proveedores extranjeros para uso final.
  • Plataformas digitales de intermediación que operan sin presencia física en Chile.
  • Operadores logísticos que necesitan ajustar sus flujos para cumplir con las nuevas reglas de declaración del IVA.
  • Áreas de finanzas o tributación que gestionan compras desde el exterior con clientes no contribuyentes de IVA.

Conclusión


La Circular N°39 del SII introduce un nuevo régimen de IVA que modifica significativamente la forma en que se tributan las compras de bienes de bajo valor situados en el extranjero. Desde la redefinición de territorialidad hasta el rol activo de las plataformas digitales, estas medidas buscan modernizar el control tributario sin frenar el comercio electrónico. Si tu empresa se ve afectada por esta normativa, es clave adaptar procesos internos, identificar correctamente a los compradores y evaluar los canales de venta utilizados.



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