Renta Imponible
¿Qué es la renta imponible? Mínimos y Máximos Imponibles

Escrito por

Equipo Easytax

Una renta imponible son los ingresos por los cuales se calcula el monto a pagar por motivos de impuestos. Algunas de estas contribuciones, por ejemplo, pueden ser destinadas al ahorro previsión y salud del contribuyente. Del mismo modo, también pueden ser dirigidas a financiar leyes sociales estatales.

La renta mensual por imponer para trabajadores dependientes e independientes no puede ser menor que el ingreso mínimo mensual vigente. En otros casos, el monto varía como podemos ver a continuación:

Rentas Mínimas Imponibles (Julio 2022)
Trabajadores Dependientes e Independientes $ 380.000
Contribuyentes Menores de 18 y Mayores de 65 $ 283.471
Trabajadores de Casa Particular $ 380.000
Para efectos de no remuneración $ 244.944

 

Hay que recordar que desde el 1 de agosto de 2022 el sueldo mínimo ascenderá a 400.000 pesos, por lo que esta tabla sufrirá modificaciones.

 

Determinación del límite máximo imponible

Según el artículo 16 del Decreto de ley N° 3.500, la renta mensual consta de un tope máximo imponible de sesenta Unidades de Fomento reajustadas. Estas deben ser modificadas teniendo en cuenta la variación del índice de remuneraciones reales determinadas por el Instituto Nacional de Estadísticas entre noviembre del año ante precedente y noviembre del precedente respecto del año en que comenzará a aplicarse.

Es importante señalar que este cambio solo será posible si la variación del Índice antes mencionada es positiva. En caso de que fuera negativa, el límite de UF se mantendrá sin modificaciones hasta que exista una variación favorable, según lo estipulado anteriormente.

Para oficializar el tope máximo reajustado debe existir una resolución por parte de la Superintendencia de Pensiones. Dicha rectificación comenzará a regir desde el primer día de cada año.

Durante 2022 el máximo de renta imponible para afiliados de una AFP es de 81,6 Unidades de Fomento, lo que actualmente es algo superior a $ 2.7 millones mensuales o a $30.347.112 millones al año aproximadamente.

Rentas Máximas Imponibles
Monto en UF Monto en Pesos a
28 de julio de 2022
Para afiliados a una AFP 81,6 UF $2.723.697
Para afiliados al IPS 60 UF $2.002.719
Para Seguro de Cesantía 122,6 UF $4.092.222

 

Renta Imponible a partir de más de una remuneración

En algunas ocasiones, un contribuyente puede tener una renta imponible a partir de los ingresos que genere por más de un empleo. Estos trabajos pueden ser tanto dependientes como independientes e incluso se pueden ejercer al mismo tiempo ambos tipos de labores. Del mismo modo, también es posible contribuir a la renta imponible a partir de subsidios recibidos. Pasemos a revisar algunas de estas situaciones y como se compatibiliza para este fin.

El contribuyente tiene más de un empleo dependiente

Si un contribuyente recibe simultáneamente remuneraciones por parte de dos o más empleadores, estos ingresos deberán sumarse para calcular el monto imponible de la renta. Para este fin, es la Superintendencia de Pensiones quien definirá la forma en que se lleve a cabo “la forma en que se efectúen y enteren las cotizaciones que señala la ley”.

Sin embargo, en relación con el financiamiento del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) debe ser pagado por cada empleador, por separado. Para ello, el monto que debe cancelar cada empleador será “proporcional al monto que estos paguen por concepto de remuneraciones imponibles al respectivo trabajador, sobre el total de dichas remuneraciones”.

Se realizan labores remuneradas de forma dependiente e independiente a la vez

En tanto, si un trabajador recibe remuneraciones por un trabajo remunerado y paralelamente declara rentas como empleado independiente, las primeras se imponen en primer lugar. Esto quiere decir que solo en caso de que con las remuneraciones de su trabajo dependiente no llegue al límite de imposición, podrá hacer uso de sus ingresos como independiente hasta llegar a ese tope.

Renta Imponible a partir de trabajo dependiente y de subsidios y apoyos imponibles

En esta situación es posible cotizar tanto por las remuneraciones laborales como por subsidios por incapacidad laboral, bonos, gratificaciones u otros que sean imponibles hasta llegar al monto máximo imponible establecido por la ley. Si existieran pagos que superaran este tope, deben ser requeridos por el interesado de acuerdo a la normativa establecida en el artículo 28 del Decreto de Ley N° 3.501.

Renta Imponible a partir de trabajo independiente y de subsidio y apoyos imponibles como trabajador dependiente

Por último, ante este escenario, los ingresos imponibles y los subsidios por incapacidad laboral, bonos, gratificaciones u otros que sean imponibles como trabajador dependiente, se sumarán para los efectos de aplicar el límite máximo imponible anual.

Equipo Easytax
Categorías: Contabilidad
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