El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha informado sobre los contribuyentes que deben declarar los ingresos generados por el arriendo de bienes raíces. Tanto personas naturales como jurídicas que perciban ingresos por este concepto están obligadas a incluirlos en su declaración anual de Renta, de acuerdo con las características tanto de los arrendadores como de las propiedades involucradas.
El SII detalló el uso del Asistente de Arriendo de Bienes Raíces durante la Operación Renta 2024. Este asistente, disponible en el sitio web del SII, está diseñado para asistir a los propietarios de tres o más propiedades DFL-2 en alquiler, o de una segunda propiedad en alquiler que no sea DFL-2 (de más de 140 m²), a cumplir con la obligación legal de reportar los ingresos obtenidos.
Quiénes Deben Declarar Sus Ingresos por Arriendo:
• Personas naturales y jurídicas que generen ingresos por el arriendo de bienes raíces deben incluir el monto obtenido en su declaración anual de Renta.
• Para aquellos con ingresos por el arriendo de hasta dos bienes raíces habitacionales DFL-2 (menos de 140 m²), no están obligados a declarar, ya que estos arriendos se consideran no renta y están exentos de impuestos. Sin embargo, pueden utilizar el asistente de manera voluntaria para informar el uso de sus propiedades.
• A partir de la tercera vivienda DFL-2 acogida al beneficio, es necesario declarar los ingresos por arriendo, independientemente de la fecha de adquisición, para determinar el impuesto correspondiente.
• Si la vivienda no está acogida al régimen DFL-2 o corresponde a otro tipo de bienes raíces, como oficinas, bodegas o estacionamientos, el arrendador debe incluir siempre los ingresos obtenidos en su declaración anual de Renta.
• Empresas y empresarios individuales no están amparados por el beneficio de DFL-2 y deben declarar siempre.
Declaración de Ingresos por Arriendos:
El SII reportó que 101.156 contribuyentes utilizaron el Asistente de Arriendo de Bienes Raíces, declarando ingresos afectos al Impuesto Global Complementario (IGC) por un total de $893.498 millones.
En total, 116.445 contribuyentes declararon ingresos por arriendo en esta Operación Renta, lo que representa un aumento del 356% en comparación con los 25.000 del año anterior. Los contribuyentes que utilizaron el Asistente representaron el 87% del total de declarantes.
Nuevas Obligaciones y Modificaciones:
La Ley N° 21.420 dispuso que todas las personas naturales con viviendas económicas acogidas al DFL-2 deben tributar por los ingresos generados a partir de la tercera vivienda. Esta ley también eliminó la exención para personas jurídicas, obligándolas a tributar por estos ingresos.
Este año, se implementaron modificaciones a la Declaración Jurada 1835 sobre bienes raíces arrendados, ampliando las operaciones que deben informarse para mejorar el control del impuesto a la renta derivado de los arriendos.